Por: Edgar Ortiz Ángel / Coordinador en BC “Que Siga la Democracia” y promotor de la Dra. Claudia Sheinbaum
La facultad de los mexicanos para votar y elegir representantes está arraigada en nuestra Constitución. Este derecho, junto con la obligación de participar en la vida democrática del país, se basa en varios artículos de la Constitución Mexicana de 1917, que ha sido reformada numerosas veces en sus más de 100 años de existencia.
El derecho al voto y la estructura democrática de México se fundamentan principalmente en los artículos 35 y 41, que establecen quiénes pueden votar y cómo se organizan las elecciones, asegurando que sean libres y auténticas. Además, el artículo 40 define a México como una república democrática, representativa y federal, consolidando el sistema de gobierno basado en representantes elegidos por el pueblo.
“Desde su promulgación hasta el 1 de febrero de 2024, la Constitución ha tenido 256 reformas que resultaron en 772 modificaciones de sus artículos”, según datos del Senado de la República. Estas reformas reflejan la evolución de las necesidades y condiciones sociales y políticas del país a lo largo del tiempo.
Para darnos una idea el orden de dichas reformas les comparto los siguientes datos:
213 modificaciones desde la creación hasta antes de la llegada del Neoliberalismo.
496 Durante el periodo Neoliberal (de la Madrid hasta Pena Nieto).
63 Hasta el momento con el Humanismo Mexicano del Presidente López Obrador.
Esto, por supuesto, tiene diversas interpretaciones, ya que la naturaleza de la Constitución es puramente social y de beneficio para el pueblo y la defensa de su soberanía.
No había que hacerle muchas modificaciones tal y como sucede en la mayor parte del mundo, es una Constitución revolucionaria, del reclamo social de los mexicanos y por ello se entiende que hubo pocas adecuaciones desde la creación hasta antes de la llegada del Neoliberalismo.
La Constitución de 1917 se entiende como una nueva Constitución porque hubo un constituyente electo precisamente para la creación de un nuevo texto a pesar que muchos le quieran llamar como reformas a la Constitución de 1857.
La Carta Magna de 1917 se convierte en la primera constitución socialista del mundo por consagrar derechos sociales principalmente en tres vertientes: el artículo 3ro, que establece una educación fuerte, impartida por el estado de manera laica y gratuita; el artículo 27, que redefine la propiedad, introduciendo la figura del ejido social y la protección de las riquezas del subsuelo como propiedad de la nación; y el artículo 123, que consagra los derechos de los trabajadores y campesinos, poniendo fin a prácticas como la tienda de raya y la concentración de tierras en manos de unos pocos. Un ejemplo notable es la familia Creel, que controlaba todo el territorio de Chihuahua, una extensión territorial prácticamente más grande que muchos países del mundo, casi del tamaño de Italia y más grande que Gran Bretaña, los Países Bajos, Dinamarca, entre otros.
Ya durante los siguientes gobiernos nacionalistas se incorporan otros derechos como el derecho a la salud, el derecho al voto de la mujer, igualdad entre hombres y mujeres, a la vivienda y la apertura política por mencionar algunos.
Menciono esto en un sentido descriptivo, la valoración queda a manos de ustedes, pero, por mencionar una serie de datos, recordemos que durante estas épocas con un marco constitucional como éste, el país crecía económicamente al 6% anual, contrario al neoliberal que quedó rezagado en un 1%. No es casualidad que nuestros padres y abuelos podían sostener económicamente a una familia con un solo trabajo ¡cuántas anécdotas!
Con la llegada del neoliberalismo a México en los años 80, un modelo implementado a escala mundial, podemos observar un sinfín de reformas que casi triplicaron el número de modificaciones realizadas 70 años atrás. Este período es conocido también como el de la Contrarrevolución, debido a las reformas sustanciales que revirtieron conquistas de la Revolución Mexicana: la propiedad del subsuelo, las concesiones mineras, las privatizaciones de cientos de empresas nacionales y del sector energético, y el abandono del pueblo sin apoyos sociales. La complejidad para acceder a una vivienda, la cancelación del reparto agrario y la transformación del ejido social y del campesino, quien debe dedicarse a importar en lugar de producir o ser autosuficiente, son algunos ejemplos. Además, se privatizaron los ferrocarriles, se fortaleció al conservadurismo y a la iglesia, permitiéndoles retomar su papel en la educación, la cual perdió su sentido social para convertirse en individualista, continuando su privatización. Se atentó contra la autonomía e independencia de las comunidades indígenas, sometiéndolas de nuevo al criterio gubernamental. La intervención privada se extendió a los satélites y la privatización tocó la industria eléctrica y a Pemex, entre muchas otras áreas. No es casualidad que este período también se le conozca como Neoporfirismo, por las similitudes con la dictadura de Porfirio Díaz.
Retomando el inicio de este artículo, mencionábamos que el pasado 2 de junio, los mexicanos votamos a favor de una propuesta; prácticamente tuvimos que decidir entre la tesis neoliberal y la del humanismo mexicano. En pleno uso de nuestras facultades constitucionales, contempladas en el artículo 35, votamos. Dado que somos una república democrática (artículo 40), prevaleció la mayoría, y depositamos nuestra soberanía en nuestros representantes (artículo 41) para que ellos lleven a cabo la voluntad popular.
La propuesta triunfadora subraya la necesidad de reivindicar a la Constitución con un enfoque social, perdido durante la era neoliberal. Se busca fortalecer los derechos sociales alcanzados durante la Revolución Mexicana e implementar nuevos para el beneficio del pueblo, en consonancia con el artículo 39, que establece que los gobiernos se instauran para el beneficio del pueblo y cualquier acto contrario a este es inconstitucional. Las reformas venideras abordarán el ámbito judicial y, posteriormente, se expandirán a materias electoral, energética, de seguridad y bienestar, todas avaladas por la democracia.
Para concluir, es probable que el número de modificaciones a la Carta Magna aumente, ya que es necesario hacerlas para devolverle su sentido original, social y humanista. Esta Constitución, originalmente marcada por un Nacionalismo Revolucionario, verá reformas que se interpretan en un sentido progresivo y no retroactivo, como ocurrió en el periodo neoliberal, que revirtió esas conquistas sociales. Este periodo es conocido por muchos como Neoporfirista o el de la Contrarrevolución.
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