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Llama CEDHBC a fortalecer la política pública en materia de personas con discapacidad

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Tijuana, Baja California 3 de mayo de 2016.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDHBC) refrendó su compromiso de seguir trabajando en favor de los derechos humanos y la inclusión de las personas con discapacidad.

En el marco del octavo aniversario de la entrada en vigor a nivel mundial de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), la Ombudsperson de Baja California, Melba Adriana Olvera Rodríguez destacó la importancia de este tratado, que tiene como objetivo primordial fomentar, proteger y garantizar la plena igualdad de los derechos humanos y libertades de las personas con discapacidad.

La Presidenta de la CEDHBC subrayó que la CDPD es el primer tratado internacional de derechos humanos del siglo XXI, el cual fue promovido por México y fue adoptado por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006 y abierto a la firma y ratificación el 30 de marzo de 2007, entrando en vigor en este país el 3 de mayo de 2008.

La Ombudsperson de Baja California exhortó al Gobierno del Estado a designar el mecanismo de aplicación de la CDPD, así como instalar el Sistema  Estatal para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, esto en cumplimiento del Artículo 33 de dicha convención, del Capítulo 12 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y el Artículo 7 bis de la Ley Estatal para las Personas con Discapacidad.

Precisó que la CDPD es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas destinado a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Los Estados Parte tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley.

Asimismo, el Artículo 33 de esta Convención establece que los Estados Partes, de conformidad con su sistema organizativo, designarán uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la presente Convención y considerarán detenidamente la posibilidad de establecer o designar un mecanismo de coordinación para facilitar la adopción de medidas al respecto en diferentes sectores y a diferentes niveles.

De igual manera, según  el Artículo 7 bis de la Ley para las Personas con Discapacidad para Baja Caifornia, el Sistema tiene como objeto la coordinación y seguimiento continuo de los programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la ejecución de las políticas públicas para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad. Son las dependencias y entidades del Gobierno Estatal y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, quienes constituyen dicho Sistema Estatal.

Por otro lado, Olvera Rodríguez apuntó que “uno de los grandes avances logrados con esta convención fue visibilizar a las personas con discapacidad bajo el nuevo paradigma  de derechos humanos e inclusión, trascendiendo la perspectiva médico-asistencialista”.

La Titular de la CEDHBC subrayó que la discapacidad no es una condición individual sino una situación que se construye en sociedad y que debe ser asumida por todas las personas, entendiéndose que la discapacidad se conforma entre las deficiencias físicas, sensoriales, psicosociales, intelectuales y las barreras del entorno como lo son la falta de un diseño universal de accesibilidad; las barreras de comunicación; las barreras de información, pero sobre todo la barrera de la discriminación que es una de las problemáticas más grandes que enfrentan.

Cabe destacar que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos contempla desde su creación en 2015 acciones de promoción, protección y supervisión en el marco del mecanismo del monitoreo de la aplicación de la CDPD en Baja California, cumpliendo así con lo dispuesto en el Artículo 33, numeral 2 de dicho tratado.

“Conociendo, entendiendo y asumiendo los principios generales de la CDPD como la igualdad y no discriminación, el respeto a la autodeterminación, la accesibilidad y la igualdad entre hombres y mujeres, vamos avanzando a esa sociedad justa y equitativa que todas y todos merecemos”, concluyó Melba Adriana Olvera Rodríguez.

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