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Propone Peña permitir armas a agentes extranjeros de migración y aduanas

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El presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado una iniciativa de reformas a la Ley Federal de Armas de fuego y Explosivos, para permitir a agentes extranjeros de migración y aduanas portar armas al interior de territorio nacional, a fin de realizar tareas de preinspección de mercancías y vehículos en los recintos aduanales.

Respecto a la revisión migratoria, se argumenta que se podrá autorizar la portación de armas a los servidores públicos extranjeros de migración que participen en la revisión migratpria en los puntos de tránsito internacionales, con la salvedad de que será la Secretaría de Gobernación quien tramite ante la Defensa Nacional la emisión de dichas autorizaciones.

La propuesta del artículo 28 establece que:

«Con base en el principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa Nacional podrá autorizar la portación temporal de armas a los servidores públicos extranjeros de migración o aduanas debidamente acreditados ante el gobierno federal que participen en la revisión migratoria en los puntos de transito internacionales o el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales, respectivamente, conforme a la legislación aplicable y a los acuerdos interinstitucionales que deberán celebrarse para tal efecto”.

En la iniciativa remitida esta tarde se señala que los agentes aduanales extranjeros podrán realizar armados estas funciones de preinspección conjuntamente con autoridades aduaneras mexicanas, bajo los principios de reciprocidad, responsabilidad compartida y confianza mutua, de conformidad con las leyes vigentes aplicables y los acuerdos y entendimientos existentes entre los países participantes.

El Ejecutivo explicó que la revisión por parte de las autoridades mexicanas de los nombramientos y la expedición de la visa correspondiente facilitara el control de los agentes aduaneros que ingresen al país.

En ese sentido se propone que la Secretaría de la Defensa Nacional emita las autorizaciones extraordinarias correspondientes en las que determinara el arma autorizada el local o la instalación en la que será válida la portación, así como los límites y restricciones que considere conducentes.

“En congruencia con las finalidades del esquema de cooperación internacional, se establece que los servidores públicos extranjeros solamente podrán portar las armas y calibres que utilizan en su país de origen, como parte de su equipamiento asignado por la institución a la que pertenecen, con las limitantes que señala la propia iniciativa; es decir, no se autorizará portación de un arma distinta a la que los agentes aduanales utilizan en su respectivo país como su arma de cargo, la cual deberá ser un revolver o pistola cuyo calibre en ningún caso podrá ser superior a .40” o equivalente».

En su exposición el presidente Peña refiere que es necesario nuevos procesos de despacho e inspección de mercancías en México para minimizar los «cuellos de botella» y hay experiencia exitosa internacional como la de EU y Canadá que han facilitado el tránsito de mercancías mediante la operación de equipos integrados de seguridad fronteriza.

Por ello se considera conveniente implementar un esquema de cooperación bilateral que bajo en principio de reciprocidad internacional permita instrumentar la preinspección aduanera.

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