El Juzgado Tercero de Distrito del Poder Judicial de la Federación otorgó una suspensión provisional para que la Ley de ISSSTECALI publicada en febrero de este año no sea aplicada hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no resuelva el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Poder Judicial en Baja California.
Lo anterior fue confirmado por el director jurídico del Poder Judicial en el Estado, José Alberto Fernández Torres, por lo que ahora el Poder Ejecutivo y el Legislativo tendrán que emitir un informe para acreditar que dicha ley no es retroactiva y es constitucional, pues recordó que se ampararon ante los artículos 64 y 99, los cuales representan el principal impacto.
Fernández Torres expresó que ambos poderes tendrán 15 días para presentar el informe mencionado, donde expliquen si el reconocimiento de la antigüedad de los trabajadores es a partir de la entrada en vigor la ley o desde que existe la relación laboral.
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