Tijuana

Impulsan transparencia en próximo Ayuntamiento: Ismael Burgueño designa a Alejandro Rivero Huerta como testigo de procesos

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Nombra Ismael Burgueño a Alejandro Rivero Huerta como testigo en procesos de contratación y licitaciones por parte del Ayuntamiento.


El alcalde electo de Tijuana, Ismael Burgueño Ruiz,  giró un oficio dirigido a la alcaldesa en funciones, Montserrat Caballero Ramírez, en el que ha nombrado a Alejandro Rivero Huerta como “testigo para participar en todos los procedimientos de contratación, adquisiciones, arrendamiento y licitaciones que lleven a cabo las autoridades públicas del gobierno municipal a su cargo”, basándose en lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos para el Estado de Baja California.

A menos de tres meses de asumir su cargo y encabezar el XXV Ayuntamiento de Tijuana, Burgueño emitió este documento para recordar a la administración saliente los lineamientos legales que deben seguirse en el proceso de entrega-recepción. 

Entre estos, destaca que “ninguna unidad administrativa del gobierno saliente podrá otorgar concesión o permiso alguno sobre bienes propiedad del municipio”. 

Asimismo, subraya que “está prohibido llevar a cabo cualquier basificación laboral de personal de confianza en ese mismo periodo para todos los niveles de la administración del Ayuntamiento”.

El oficio, firmado y recibido el mismo día, con atención al síndico procurador Rafael Leyva Pérez, enfatiza la necesidad de desarrollar el proceso de entrega y recepción de manera “coordinada, cordial y en puntual cumplimiento de la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos para el Estado de Baja California y la Ley que regula los Financiamientos y Obligaciones para la Disciplina Financiera del Estado de Baja California y sus Municipios”.

Además de las restricciones mencionadas, Burgueño también recordó que durante este período de 90 días previos al inicio de su gobierno, “no podrán contratar obligaciones a corto plazo (compromiso de pago, deuda pública) con instituciones financieras, a un plazo menor o igual a un año”. 

Dichas medidas tienen el objetivo de evitar compromisos financieros que podrían afectar la administración entrante.

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