El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que será hasta el 1 de febrero de 2015 cuando entre en vigor el nuevo padrón de importadores del Sectorial de Textil y Confección, para que las empresas de este sector en la región puedan inscribirse e importar sus mercancías.
Esto derivado de la Quinta Resolución de Modificaciones donde se adiciona el sector 11 “Textil y Confección” al Apartado A “Padrón de Importadores Sectorial” del Anexo 10, por lo que aquellas empresas que realicen importaciones de mercancías comprendidas en los Capítulos 50 al 63 de la Tarifa del Impuesto General de Importación y de Exportación tendrán que inscribirse a este nuevo y específico padrón de importadores.
Así lo informó el abogado Fiscalista, Octavio de la Torre de Stéffano, quien dijo que en los últimos días se generaron confusiones y dudas en el sector importador de textiles por la fecha de entrada en vigor de las nuevas reglas y su operación.
Resaltó que en gestiones ante el Servicio de Administración Tributaria se aclaró que será el 1 de febrero cuando entre en vigor el Sector Textil y Confección, permitiendo a las empresas que desde el 1 de enero de 2015 puedan someter la solicitud de inscripción al padrón sectorial.
De la Torre de Stéffano recordó que de acuerdo con el “Decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación” y el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior”, se exime a los importadores de las obligaciones como Inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores específicos, excepto que se trate de la importación de mercancías que puedan representar un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional.
El también Director de la firma TLC Asociados señaló que si bien “el punto medular de la inscripción en este padrón sectorial para las empresas IMMEX lo encontramos en la definición de Seguridad Nacional, es un concepto que no identificamos en la reciente Publicación de las RCGMCE para 2014”.
Por último, el Abogado Fiscalista concluyó que la obligación de inscripción para las empresas IMMEX se encontraría dentro de un marco operativo, que contravendría los Decretos y Acuerdos publicados por la Secretaría de Economía, mediante los cuales se brindan facilidades administrativas por ser un régimen especial, el cual por su naturaleza; utiliza insumos para fabricar, ensamblar y transformar productos que posteriormente son retornados al extranjero.
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