Razones sociales de diversas empresas relacionadas con el transporte marítimo en México, figuran en la más reciente lista de incumplidos publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a la cual se adhirieron mil 896 nuevos contribuyentes.
De esta forma, en el rubro de créditos exigibles aparecen tres razones sociales: Consignataria y Servicios Marítimos SA de CV, Naval Mexicana SA de CV y Transoceanic Shipping Company S De RL de CV.
En la sección de créditos firmes se encuentran nueve razones sociales: Consignataria y Servicios Marítimos SA de CV, Intermarítima Multimodal SA de CV, Integradora de Servicios Marítimos Portuarios SA de CV, Maritime Enterprises SA de CV, Marítima y Logística Especializada SA de CV, NGB Express Lines SA PI de CV, Naviera Mexicana de Servicios S de RL de CV, Servicios Aéreos Marítimos y Terrestres SA de CV, Seguridad y Servicios Generales Marítimos SA de CV.
Un crédito exigible se refiere a la revisión que el SAT realiza sobre los contribuyentes que no han presentado sus declaraciones anuales o mensuales completas de acuerdo con sus obligaciones, a las cuales se podría notificar sobre sus requerimientos para ponerse al corriente.
Si por el contrario, el contribuyente argumenta haber cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales, comienza un proceso de revisión por parte del SAT, el cual, después de haber corroborado la información proporcionada determinará si existe o no el adeudo, si es así, el contribuyente deberá pagar su adeudo sin derecho a una segunda revisión, a lo cual se denomina crédito firme.
Por otro lado, en el apartado de créditos cancelados destacan también empresas relacionadas con el transporte marítimo en el país, como es el caso de Agencia Consignataria Díaz Basáñez SA de CV, Agencia Consignataria Nautilus SA de CV, Marítima Del Golfo SA de CV y Naviera Isla de Tris SA de CV. En el rubro de créditos condonados no existe registro de alguna compañía.
Los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, en la misma aplicación donde se da a conocer la lista pueden generar su línea de captura para pagar o bien presentar la aclaración. El SAT resolverá la solicitud de aclaración en tres días hábiles y en caso de resultar procedente, se eliminarán los datos publicados.
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