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PRI: Preocupación y extrañeza por decisión del Vocal del INE, se extralimita en sus funciones. 

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El Partido Revolucionario Institucional no puede menos que manifestar su extrañeza y preocupación, ante el anuncio de que el Vocal Ejecutivo del Instituto Nacional en Baja California, Donaciano Muñoz Loyola, en una acción unilateral, ha decidido dar luz verde a la intervención de los cuerpos de seguridad del estado, para que tomen un rol activo el día de la jornada electoral.

Sin haber tomado en cuenta a los integrantes del Consejo Electoral, el Vocal Ejecutivo Donaciano Muñoz Loyola, solicitó el apoyo del Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado de Baja California, también conocido como C4, para el apoyo en la recepción y control de las denuncias en materia electoral, abonando que se contará con un miembro del Instituto Nacional Electoral para que recabe la información que el C$ le proporciones de las denuncias recibidas.

Adicionalmente, el Secretario de Seguridad Pública de Baja California, Daniel de la Rosa Anaya, ha anunciado que 3,500 elementos policíacos vigilarán de cerca la jornada electoral, supervisando la apertura de las casillas electorales y listos para intervenir en caso de irregularidades.

Es importante señalar lo que establecido el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales:

“Para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral, los cuerpos de seguridad pública de la Federación, de los estados y de los municipios o, en su caso, las fuerzas armadas, deben prestar el auxilio que les requieran los órganos del Instituto, los Organismos Públicos Locales y los presidentes de las mesas directivas de casilla, en el ámbito de sus respectivas competencias, conforme a las disposiciones de esta Ley”.

No sabemos si el Vocal Ejecutivo Donaciano Muñoz Loyola peca de ingenuo, o lo desconoce, pero los antecedentes que tenemos en los procesos electorales recientes en cuanto a la participación de los cuerpos de seguridad, es que han sido usados más en actividades de inhibición del voto que en la de asegurar la tranquilidad el día de los comicios.

Hay incontables testimonios de habitantes de colonias o zonas, donde el voto no se identifica con el partido en el gobierno, que la mayor parte del año se quejan de la nula presencia de elementos de seguridad, pero donde casualmente se tiene una presencia

COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL BAJA CALIFORNIA PRESIDENCIA

ininterrumpida de policías el día de la jornada electoral, principalmente a bordo de patrullas y realizando recorridos a alta velocidad en supuestas persecuciones de delincuentes, acciones que intimidan a los habitantes de esas colonias, que prefieren permanecer en sus casas por seguridad, que arriesgarse a salir a votar. Estas acciones de inhibición del voto, disfrazadas de operativos de seguridad, son las que desconoce o pretende soslayar el Vocal Ejecutivo Donaciano Muños Loyola.

El Partido Revolucionario Institucional denunció recientemente ante la FEPADE un caso de boletas electorales, cruzadas a favor del candidato del Partido Acción Nacional a Gobernador en Sonora, que aparecieron en Mexicali en condiciones que hasta la fecha no han sido aclaradas plenamente.

Denunciamos también acciones de entregas masivas y publicitadas de recursos por parte del Ayuntamiento de Mexicali y la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, acción que el Vocal Ejecutivo Donaciano Muñoz Loyola apresuradamente salió a exonerar ante los medios, aunque el encargado de resolver la demanda, como el propio Vocal Ejecutivo lo ha dicho, es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Por todo lo anterior, exigimos al Vocal Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral en Baja California, Donaciano Muñoz Loyola, que apegue su actuar a las atribuciones que expresamente le señala la ley y se deje sin efecto el acuerdo que unilateralmente pactó, para que el Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo sea el órgano auxiliar encargado de recibir y atender incidentes electorales el día de la elección, y limite su intervención a canalizar las llamadas recibidas a las juntas locales y distritales del INE. De igual manera, exigimos que la intervención de las fuerzas de seguridad se dé únicamente ha llamado expreso de los Presidentes de Casilla, en casos de que se requiera su apoyo, tal como establece el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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