Ante versiones difundidas en redes sociales y medios digitales sobre la supuesta desaparición o sustitución de la Constancia de Situación Fiscal (CSF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una postura oficial para desmentir dicha información y reafirmar su vigencia como documento clave en el sistema fiscal mexicano.
En una tarjeta informativa publicada este martes, el organismo recaudador aclaró que “no se ha lanzado documento alguno que sustituya a la CSF”, y subrayó que su eliminación “no está contemplada” por la autoridad fiscal. La CSF, puntualizó el SAT, permite a los contribuyentes —personas físicas y morales— conocer y verificar los datos registrados ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), lo que la convierte en una herramienta esencial para garantizar la integridad de la información fiscal.
Este documento contiene información sensible y estructural como el nombre completo del contribuyente, Clave Única de Registro de Población (CURP), domicilio fiscal, régimen fiscal, obligaciones tributarias y la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) con código QR, entre otros elementos.
La obtención de la CSF puede realizarse de manera remota desde el portal del SAT o de forma presencial en cualquiera de sus 162 oficinas a nivel nacional. En ese sentido, el organismo reiteró su compromiso por facilitar el acceso a trámites fiscales, a través de canales digitales y atención personalizada.
El SAT también recordó que la Cédula de Datos Fiscales (CDF), lanzada en 2023, no sustituye a la Constancia de Situación Fiscal. Se trata de un documento complementario, más breve y práctico, que incluye únicamente nombre, código postal y régimen fiscal del contribuyente. Su función es facilitar la emisión de facturas y comprobantes fiscales digitales, pero no tiene el mismo nivel de detalle ni reemplaza a la CSF.
Además, el organismo hizo un llamado a comercios y prestadores de servicios para evitar prácticas indebidas, al recalcar que no es legal condicionar la emisión de facturas a la entrega de la CSF, CIF o CDF, ya que esto contraviene la normativa fiscal vigente.
















Comments